BASES LEGALES DEL SORTEO PROMOCIONAL DENOMINADO
"PARTICIPA CON FINTOC POR 1 MILLÓN AL DÍA PAGANDO CON TU
BANCO.”
En Santiago de Chile, a 04 de marzo de 2026, comparece FINTOC SpA, sociedad del
giro de su denominación, R.U.T. N° 77.143.385-5, representada legalmente por don
Ignacio Andrés Fernández Montero, cédula nacional de identidad N°17.348.678-2, ambos
domiciliados para estos efectos en Cerro el Plomo N°5420, Oficina N°2001, comuna de
Las Condes, en adelante la "Organizadora" o "Fintoc", quien viene en establecer las
siguientes bases y condiciones (en adelante, las "Bases") para el sorteo promocional
denominado "PARTICIPA CON FINTOC POR 1 MILLÓN AL DÍA PAGANDO
CON TU BANCO” (en adelante, el “Sorteo”):
TÍTULO I: ANTECEDENTES GENERALES Y OBJETO
PRIMERO: La Organizadora realizará un concurso promocional con el objeto de
fidelizar e incentivar el uso de su servicio de iniciación de pagos en comercios asociados.
El Sorteo se regirá íntegramente por las presentes Bases, las que se entenderán conocidas
y aceptadas por el solo hecho de participar en la forma que se indica más adelante.
SEGUNDO: VIGENCIA Y ÁMBITO TERRITORIAL. La promoción tendrá una
vigencia total de diez (10) días corridos, comenzando el día 06 de marzo a las 00:00:00
horas y finalizando el día 15 de marzo a las 23:59:59 horas (en adelante, el "Período de
Vigencia"). La promoción es válida únicamente dentro del territorio de la República de
Chile.
TÍTULO II: DE LOS PARTICIPANTES Y REQUISITOS
TERCERO: PARTICIPANTES. Podrán participar única y exclusivamente en el Sorteo
las personas que cumplan los siguientes requisitos copulativos:
1. Personas naturales;
2. Mayores de 18 años;
3. Legalmente capaces conforme el artículo 1445 del Código Civil;
4. Que cuenten con domicilio en Chile; y
5. Que sean titulares de una cuenta bancaria o una cuenta con provisión de fondos
emitida por una sociedad legalmente constituida en Chile.
CUARTO: EXCLUSIONES. Quedan expresamente excluidos de participar:
1. Los empleados y trabajadores de Fintoc;
2. Cónyuges, convivientes civiles y parientes hasta el segundo grado de
consanguinidad de las personas señaladas anteriormente;

3. Personas jurídicas.
TÍTULO III: MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN
QUINTA: FORMA DE PARTICIPAR. Se considerará una "Participación Válida" a
toda transacción realizada por un participante que cumpla con los siguientes cuatro
requisitos copulativos:
1. Comercio Adherido: La transacción debe realizarse hacia uno de los comercios
que tengan un contrato vigente con Fintoc (en adelante, los "Merchants") que se
encuentren listados en el Anexo I de estas Bases y se encuentren identificados con
el sello de la promoción.
2. Registro: Previo al pago, el participante debe haber ingresado su número de
teléfono celular en el widget de pago habilitado por Fintoc y haber marcado
expresamente la casilla de aceptación de estas Bases y autorización de contacto.
3. Pago Exitoso: La transacción debe ser procesada correctamente mediante el
servicio de iniciación de pagos de Fintoc, no siendo aplicable a ninguno de los
otros servicios de procesamiento de pagos ofrecidos por Fintoc o por filiales de
ésta. Procesada correctamente la transacción recibirá el estado de "Exitosa",
condición exclusiva y necesaria para ser considerada en el presente Sorteo. De esta
forma, no participan transacciones rechazadas, pendientes o anuladas.
4. Temporalidad: La transacción debe efectuarse dentro del horario definido para
cada sorteo diario según las determinaciones establecidas en la cláusula séptima de
estas Bases.
Acumulación de opciones. Cada Participación Válida otorgará una (1) opción al
participante para el sorteo del día correspondiente (en adelante, las “Opciones”). No
existe límite de participaciones por usuario; a mayor cantidad de Participaciones Válidas,
mayores probabilidades matemáticas de ganar en el sorteo de ese día específico. Sin
perjuicio de lo anterior, las Opciones son acumulables únicamente dentro del horario del
sorteo de cada día específico. A modo de ejemplo y meramente ilustrativo, las Opciones
que acumule un usuario el día 1 no podrán ser traspasadas al día 2 ni los siguientes.
TÍTULO IV: DE LOS PREMIOS Y SORTEOS
SEXTA: PREMIOS. Se sorteará un total de $10.000.000 (diez millones de pesos
chilenos), divididos en 10 premios individuales de $1.000.000 (un millón de pesos
chilenos) cada uno (en adelante, el “Premio”). Los Premios son líquidos, intransferibles y
no endosables y serán pagados directamente por Fintoc al participante ganador a la
cuenta bancaria o cuenta con provisión de fondos desde la cual se ejecutaron las
Participaciones Válidas. En caso de que el Premio genere obligaciones tributarias
conforme a la normativa vigente, estas serán de cargo exclusivo del ganador.

SÉPTIMA: MECÁNICA DE LOS SORTEOS DIARIOS. Se realizarán 10 sorteos
independientes, uno por día en virtud del cual se entregará el Premio a un participante
ganador, según las siguientes indicaciones:
1. Universo Diario: En cada sorteo participarán exclusivamente las Participaciones
Válidas realizadas entre las 00:00:00 y las 23:59:59 del día respectivo. Las Opciones
no son acumulables para los días siguientes.
2. Procedimiento: Los sorteos se realizarán al día hábil siguiente del cierre diario (o
según defina la operación de Fintoc), utilizando un sistema informático aleatorio
(Random) certificado internamente, del cual se levantará un Acta de Sorteo.
3. Ganadores: En cada sorteo se seleccionará un (1) ganador titular y dos (2)
suplentes en orden de prelación.
TÍTULO V: ADJUDICACIÓN Y ENTREGA
OCTAVA: REGLA DE IDENTIDAD Y ORIGEN DE FONDOS. Para prevenir
fraudes y cumplir con la normativa de prevención de lavado de activos, se establece como
condición esencial que el ganador será única y exclusivamente el titular de la cuenta
bancaria o cuenta con provisión de fondos emitida por una sociedad legalmente
constituida en Chile de origen desde la cual se debitaron los fondos de la Participación
Válida ganadora. Bajo ninguna circunstancia se depositará el premio en una cuenta
distinta a la de origen, ni a nombre de terceros, aun cuando el participante lo solicite.
En el caso de que la cuenta de origen del participante se encuentre cerrada o inactiva al
momento del Premio y no sea posible realizar la transacción para la entrega del mismo
por parte de Fintoc, el participante deberá proporcionar una cuenta alternativa de
titularidad de la misma persona que la cuenta inicial de origen de los fondos en un plazo
de 24 horas hábiles desde la notificación del fallo, bajo apercibimiento de tenerse por
perdido el Premio y se continuará por el suplente en orden de prelación. En el caso de
que no sea posible hacer la entrega del Premio por iguales motivos o razones a los
suplentes quedará a disposición de Fintoc la realización de un nuevo sorteo.
NOVENA: NOTIFICACIÓN Y ENTREGA.
1. Contacto: Fintoc contactará al potencial ganador al número telefónico ingresado
en el widget al momento de la realización de la transacción. Se realizarán hasta tres
(3) intentos de contacto en un plazo de 24 horas hábiles. De no haber respuesta,
se procederá a contactar al primer suplente.
2. Verificación: El ganador deberá enviar una copia digital de su Cédula de
Identidad vigente por ambos lados para verificar que el RUT coincide con el RUT
pagador de la transacción.
3. Entrega: El Premio será entregado mediante transferencia electrónica de fondos
a la cuenta bancaria o cuenta con provisión de fondos del ganador desde la cual se
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originó la Participación Válida, dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles
contados desde la verificación de datos.
4. Aceptación: El ganador, por el solo hecho de aceptar el Premio, declara conocer
y aceptar íntegramente estas Bases, liberando a la Organizadora de toda
responsabilidad por hechos no imputables a ella y cualquiera otra circunstancia
posterior a la entrega del Premio.
TÍTULO VI: PROTECCIÓN DE DATOS Y RESPONSABILIDAD
DÉCIMA: TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES. De conformidad con la
Ley N° 19.628, el participante autoriza expresamente a Fintoc, mediante la aceptación de
estas Bases en el widget de pago, para tratar sus datos personales conforme la Política de
Privacidad publicada por Fintoc y aprobada por el Usuario Final conforme se expresa en
el widget, con la finalidad de gestionar su participación en el concurso, contactarlo en
caso de ganar y publicar su nombre abreviado y RUT parcial en los medios de
comunicación de la promoción para fines de transparencia.
UNDÉCIMA: LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD. Fintoc no será
responsable por fallas en la conexión a internet de los usuarios, interrupciones en los
servicios bancarios de los comercios adheridos, ni por datos ingresados erróneamente
por el participante (ej. número de teléfono mal digitado) que impidan su contacto
posterior.
DUODÉCIMA: MODIFICACIONES. La Organizadora se reserva el derecho de
modificar las presentes Bases, e incluso cancelar o suspender el sorteo por razones de
fuerza mayor, caso fortuito o seguridad, informando dichas circunstancias al público por
los mismos medios que las Bases originales y procediendo a su respectiva protocolización
notarial.
DECIMOTERCERA: INTERPRETACIÓN. El Organizador se reserva el derecho
para interpretar y determinar el sentido y alcance de estas bases, en caso de dudas y/o
conflictos que se suscitaren sobre su contenido y aplicación.
DECIMOCUARTA: CONSULTAS. Las consultas o reclamos que requieran presentar
los participantes, que se refieran al presente Sorteo, deberán ser dirigidas a las casillas de
correo electrónico soporte@fintoc.com
DOMICILIO Y JURISDICCIÓN. Para todos los efectos legales derivados de la
presente promoción, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago y se someten a
la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.

PERSONERÍA La personería de Ignacio Fernández Montero para representar a Fintoc
SpA, consta en la escritura pública de fecha 18 de junio de 2025, otorgada en la Trigésimo
Octava Notaría de Santiago de doña María Soledad Lascar Merino.